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| CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN |
ARBITRAJE
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El Arbitraje es un procedimiento establecido por la ley, en el cual las partes que tienen un conflicto derivado de una relación contractual o extracontractual, someten la solución a unos particulares (árbitros), cuyas decisiones tienen los mismos efectos jurídicos que las de un juez ordinario.
VENTAJAS DEL ARBITRAJE
- Eficacia. Los fallos arbitrales tienen los mismos efectos que una sentencia de la justicia ordinaria.
- Agilidad. El procedimiento arbitral tiene una duración máxima de seis meses.
- Idoneidad. Los árbitros son profesionales del derecho de gran prestigio y honorabilidad, especializados en el asunto del que conocen.
- Imparcialidad. Las decisiones de los árbitros están regidas por el principio de la imparcialidad y neutralidad.
- Economía. Sus intereses patrimoniales siempre resultan favorecidos por nuestra agilidad y prontitud.
- Legitimidad. Todas nuestras actuaciones están respaldadas por la Constitución Política, la ley y avaladas por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
- Privacidad. El procedimiento se desarrolla solamente con la presencia de las partes.
Para convocar a un Tribunal de Arbitramento, el documento de convocatoria o demanda arbitral deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Ley 1564 de 2012 del Código General del Proceso o normatividad complementaria, conexa y vigente.
Para mayor información sobre el procedimiento arbitral y regulación aplicable puede consultar la Ley 1563 y 1564 de 2012. DOCUMENTOS ADJUNTOS:
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| *Para mayor información sobre la LISTA DE PERITOS, envie un correo a mdiaz@cccartagena.org.co. Su solicitud será atendida con prontitud. |
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TARIFAS
Con la presentación de cualquier convocatoria a Tribunal de arbitraje, la parte convocante deberá cancelar a favor del Centro, los siguientes valores:
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| Cuantía |
Tarifa |
| De 0 hasta $6.000.000 |
40 smdlv |
| De $6.000.001 Hasta $100.000.000 |
13% |
| De $100.000.001 hasta $300.000.000 |
8,33% |
| De $300.000.001 hasta $500.000.000 |
5.17% |
| De $500.000.001 hasta $1.000.000.000 |
3,5% |
| De $1.000.000.001 hasta $2.000.000.000 |
2,68% |
| De $2.000.000.001 hasta $5.000.000.000 |
2,18% |
| De $5.000.000.001 hasta $7.000.000.000 |
2,09% |
| Más de $7.000.000.001 |
2,02% | |
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