Señor empresario, en sus contratos siempre inserte la cláusula compromisoria que le sugerimos a continuación, para efectos de dirimir futuros controversias:
"Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, se resolverá por un tribunal de Arbitraje, presentado ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cartagena, de acuerdo a las siguientes reglas: el tribunal estará integrado por (indique el número de árbitros, 1 si es menor cuantía y 3 si es mayor cuantía), designados de la siguiente forma: uno por cada parte y un tercero por mutuo acuerdo. En caso de que no fuere posible, los árbitros serán designados por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio mediante sorteo de su lista de arbitros; el tribunal decidirá en derecho y funcionará en la Cámara de Comercio de Cartagena".
VIGILADO MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO