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Generalidades
Es el registro que llevan las Cámaras de Comercio, en el cual deben
inscribirse todas las personas, naturales o jurídicas, que aspiren
a celebrar contratos con las entidades estatales, ya sean de
obra, consultoría, suministro y compraventa de bienes muebles.
Igualmente, estas personas deberán estar clasificadas y calificadas
según lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley 80 de 1993.
Contratos de obra: son aquellos que celebran
las entidades estatales "para la construcción, mantenimiento,
instalación y en general la realización de cualquier otro trabajo
material sobre bienes inmuebles".
Contratos de consultoría: son los
estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión,
estudios de diagnósticos, así como la asesoría técnica de coordinación,
control y supervisión.
Los contratos de suministro y compraventa
de bienes muebles se encuentran definidos en la
ley mercantil.
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