CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN (CAC)
Insolvencia
Es un método alternativo de solución de conflictos para personas naturales no comerciantes que le permitirá negociar sus deudas con dos o más acreedores y establecer acuerdos de pago a través de dos tipos de procedimientos:
- Negociación de deudas
- Convalidación de acuerdos.
Las principales condiciones para acudir a este procedimiento es que las personas naturales no comerciantes que se encuentren en cesación de pagos, es decir, encontrarse en mora por más de 90 días con dos o más acreedores; o tener 2 o más procesos judiciales en contra; y estar domiciliado en la ciudad de Cartagena.
Trámite
- Presentar la solicitud de insolvencia en las instalaciones de la Cámara de Comercio de Cartagena.
- Una vez radicada la solicitud se designa al conciliador, quien tendrá el término de 3 días para aceptar la designación.
- Aceptada la designación se procede a señalar el monto a pagar, para lo cual se otorgará el término de 5 días hábiles.
- El trámite dura 60 días hábiles, prorrogables por 30 días más.