Panorámica Centro Histórico Cartagena

Pasos previos

Crea tu empresa

  1. Haber verificado que no exista otra empresa con la misma denominación o razón social con el mismo nombre (Homonimia). Esta consulta se puede realizar a través de: Notarías, de la página en Internet del CAE o en nuestros Terminales de Autoconsulta.
  2. Haber realizado la Consulta de Uso del Suelo conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (P.O.T.) de la ciudad. Sólo a manera de consulta.
  3. Haber realizado las Consultas correspondientes a la normatividad exigida para: Seguridad Industrial, Política Ambiental, Normas de Urbanismo y Sanidad. Estas Consultas se pueden realizar a través de la página en Internet del CAE o en nuestros Terminales de Autoconsulta.
  4. Si la empresa o la sociedad no se ha constituido por documento privado, haber tramitado ante una Notaría la minuta de constitución de la empresa.

 

Importante

No es obligatorio aportar los certificados de uso conforme y de bomberos como prerrequisitos para la creación y constitución de empresa, así como para la apertura del establecimiento de comercio (ley 232/95 y decreto 2150/95).

¿Que debe tener en cuenta a la hora de crear su empresa?

Cartagena es un excelente lugar para crear empresas, nuestra ciudad está decidida a apoyar el emprendimiento, simplificando los trámites y ofreciendo programas para incentivar las ideas de negocios.

En primera instancia el empresario debe tener clara su idea de negocio y definir el tipo de empresa con la cual va a desarrollar su actividad mercantil, es decir como persona natural o persona jurídica.

Si usted es una persona que ejerce de manera continua, permanente y profesionalmente se alguna de las actividades que la ley considera mercantiles; deberá matricularse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio como persona natural, dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se empiece a ejercer el comercio y podrá hacerlo vía Registro Único Empresarial y Social (RUES) desde cualquier cámara de comercio del país.

Para proceder al registro es necesario presentar debidamente diligenciado el formulario RUES, precisando puntualmente el teléfono celular o fijo, dirección comercial y de notificación judicial estructurada y correo electrónico; deberá adjuntar, copia del Rut si ya lo tiene o Prerut. En caso de nunca haber tenido Rut (Nit) ante la DIAN; en nuestras oficinas de atención al cliente le colaboran con su diligenciamiento, sin costo alguno.

Adicionalmente deberá adjuntar anexo IVC (Inspección, Vigilancia y Control) debidamente diligenciado. Este formato le permite establecer un puente con las entidades que de acuerdo con su actividad mercantil, deben otorgar permisos de funcionamiento.

Es importante tener en cuenta que el empresario debe renovar su matrícula dentro de los tres primeros meses de cada año, matricular su establecimiento de comercio y registrar los libros que exige la ley ante la Cámara de Comercio.

Ahora bien, si la alternativa elegida es una persona jurídica, lo primero es definir el tipo societario más conveniente conforme a los intereses de los socios o accionistas.

Definida su empresa como persona jurídica, ante la Cámara de Comercio debe presentar a la Cámara de Comercio para su registro, los siguientes documentos:

  • Formulario RUES que puede adquirir en las cajas de la entidad, debidamente diligenciado.
  • Copia de la cédula de quien vaya a ser el Representante Legal.(OPCIONAL)
  • Prerut , formulario que se puede tramitar en nuestras oficinas de atención al cliente con el conocimiento de las responsabilidades fiscales de la sociedad.
  • Anexo IVC (Inspección, Vigilancia y Control) debidamente diligenciado. Este formato le permite establecer un puente con las entidades que de acuerdo con su actividad mercantil, deben otorgar permisos de funcionamiento.
  • Escritura pública o documento privado de constitución y estatutos conforme al tipo societario seleccionado.
  • Carta de aceptación de los representantes legales, miembros de junta directiva o revisores fiscales designados, si es del caso y cuando su aceptación no conste en el documento de constitución.
  • Pago de los derechos de matrícula correspondientes, este se efectuará de acuerdo con unas tarifas establecidas por el Gobierno Nacional, teniendo como base los activos de la persona natural y aquellos vinculados al establecimiento de comercio.

De cualquier manera, usted deberá:

  • Verificar la homonimia, es decir, que no exista otra empresa con la misma denominación, razón social o con el mismo nombre del establecimiento de comercio. Consulta que puede realizarse a través de: Notarías, de la página en Internet del CAE o en nuestra entidad en las terminales de autoconsulta.
  • Verificación que no exista una marca igual para los mismos productos o servicios del empresario, registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio (Consulta de Marca).
  • Haber realizado la Consulta de Uso del Suelo conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (P.O.T.) de la ciudad, sólo a manera de consulta. No es obligatorio aportar los certificados de uso conforme y de bomberos como prerrequisitos para la creación y constitución de empresa, así como para la apertura del establecimiento de comercio (ley 232/95 y decreto 2150/95).